¿Por qué matricularse?
Así lo establece el art. 2 de la ley Provincial Nro. 1011 modificada por la ley provincial Nro. 2879 que norma que el Consejo Profesional de Ingenieros y Técnicos de La Pampa, por delegación del estado provincial, agrupará y representará a los profesionales ingenieros, los Licenciados y Técnicos, todos en cualquiera de sus especialidades afines, con exclusión de las que expresamente se enuncien en la reglamentación de la citada norma, y que se matriculen para actuar en la provincia.
Todo profesional que ejerza en la provincia de La Pampa, en forma independiente o en relación de dependencia, en organismos públicos y/o representaciones nacionales con jurisdicción y/o representación en esta provincia, como en el ámbito de la Administración Pública Provincial o Municipal, instituciones intermedias, mixtas o privadas, cooperativas, deberá estar matriculado en el CPITLP.